lunes, 25 de abril de 2011

RESIDUOS

Con la última campaña promovida por el Gobierno de Canarias en lo que se refiere a recogida selectiva de residuos , nos encontramos ante una gran revolución en cuanto a “legislación ambiental”, y sobre todo en lo referente a normativa, tanto europea, estatal como comunitaria. La filosofía de protección del medio ambiente es cada vez más clara y se aplica con mayor fuerza el principio “quien contamina, paga” . Al mismo tiempo la sociedad lanzaroteña demanda, cada día más mejoras medioambientales y productos que no dañen la naturaleza.

Según la actual Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, se considera residuo cualquier sustancia u objeto (…) del cual su poseedor se desprenda o del que tenga intención u obligación de desprenderse. En todo caso, tendrán esta consideración los que figuren en el Catálogo Europeo de Residuos también conocido como CER, aprobado por las instituciones comunitarias.

La clasificación de los residuos originados como consecuencia de diversas actividades cotidianas, se puede realizar siguiendo distintos criterios. Si tenemos en cuenta sus características los podríamos clasificar como Residuos Inertes, Residuos Urbanos y Residuos Especiales.

Los Residuos Inertes son todos aquellos que no experimentan transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas, no son solubles, combustibles ni biodegradables.

Los Residuos Urbanos según la ley 10/1998 son los generados en domicilios particulares, comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la clasificación de peligrosos a su vez también tendrán esta consideración todos aquellos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas, animales domésticos muertos así como toda clase de enseres. Estos se pueden clasificar en Fermentables provenientes de materia orgánica y Valorizables son aquellos residuos que se pueden aprovechar mediante un reciclado.

Los Residuos Especiales los podríamos definir como aquel residuo que por sus características suponen un grave riesgo para la salud humana. Dentro de estos incluimos:

Residuos Radiactivos tan de actualidad en nuestro país por todas aquellas localidades que quieren albergarlos, los podríamos definir como materiales de desecho que contienen o están contaminados con nucleidos inestables, debido al exceso de energía acumulada en el núcleo (radionucleidos).

Residuos Sanitarios se entienden todos aquellos que se generen en cualquier centro o servicios en los que se desarrollen actividades de atención a la salud humana.

Residuos Agroganaderos constituidos por el acopio de los excrementos de toda la ganadería, así como residuos derivados de actividades forestales y la industria agroalimentaria.

Residuos Peligrosos son los establecidos en la lista de residuos peligrosos aprobada por el RD 952/1997 y sus correspondientes envases que los contengan.

Lodos de depuradoras son los provenientes de fangos contaminados que se extraen de la línea de fangos de las estaciones de depuración de aguas residuales.

Durante muchos años, la mala o inapropiada gestión de los residuos ha llevado a la degradación de números parajes naturales. Queda mucho camino por hacer. Seamos conscientes de nuestros actos y reciclemos.

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